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Empleados con W-2 en EE. UU. y la Visa de Nómada Digital de España: Lo que necesitas saber en 2026

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15 de junio de 2026

Si es un empleado W-2 de EE. UU. y se plantea la Visa de Nómada Digital de España, la respuesta corta es: es posible. Ahora bien, si esta vía es viable para sus circunstancias concretas —y si es aconsejable tanto desde la perspectiva de inmigración como fiscal— requiere una evaluación cuidadosa, caso por caso.

Aunque un número creciente de empleados W-2 ha obtenido con éxito la Visa de Nómada Digital española, el proceso implica varias consideraciones legales y prácticas que conviene analizar antes de presentar una solicitud.

Cobertura de seguridad social: una cuestión clave para los empleados W-2

El obstáculo para los empleados W-2 de EE. UU. nunca fue la visa en sí. La Visa de Nómada Digital de España (DNV), creada al amparo de la Ley de Startups de 2023, siempre permitió solicitar a los trabajadores remotos contratados por empleadores extranjeros. El problema era la Seguridad Social.

España exige a los solicitantes acreditar que tienen cobertura de seguridad social mientras viven en el país. Para los ciudadanos estadounidenses, la solución natural es un Certificado de Cobertura (CoC) emitido por la U.S. Social Security Administration: un documento que prueba que su empleador cotiza al sistema estadounidense, lo que le exime de cotizar al de España. 

En la práctica, sin embargo, obtener un Certificado de Cobertura para un empleado W-2 que pretende trabajar en remoto desde España no siempre es sencillo. Nuestra experiencia muestra cierta inconsistencia en cómo se gestionan estas solicitudes. Algunos solicitantes obtienen el certificado sin dificultad significativa, mientras que otros encuentran obstáculos durante el proceso.

Por ello, la disponibilidad de un Certificado de Cobertura no debe darse por supuesta en todos los casos. Conviene revisar de antemano las circunstancias concretas del empleado, del empleador y del esquema de trabajo remoto propuesto.

La dimensión del empleador: Un riesgo que la mayoría de las guías pasan por alto

Más allá de la cuestión de la Seguridad Social, hay una dimensión que afecta directamente al empleador del solicitante, y que rara vez se aborda en las guías estándar de la DNV.

El criterio general de la UGE para aceptar un Certificado de Cobertura es que cubra el trabajo remoto desde España. Para los empleados W-2, obtener un CoC para España suele implicar un desplazamiento formal del trabajador a España. Según la redacción concreta empleada en el certificado, las autoridades españolas podrían interpretarlo como un traslado intraempresarial, lo que puede activar implicaciones de establecimiento permanente bajo el impuesto sobre sociedades español para el empleador estadounidense.

Esto no es un riesgo teórico remoto. Si la redacción del CoC sugiere que la empresa estadounidense está operando desde una base española a través del empleado, puede crear una presencia corporativa gravable en España, una consecuencia para la que la mayoría de las empresas estadounidenses no están preparadas y que no desean.

Nuestra recomendación: antes de solicitar el CoC, revise con cuidado su redacción prevista con un especialista que entienda tanto el derecho laboral estadounidense como la fiscalidad española. No todos los certificados crean esta exposición, pero determinar si el suyo lo hace requiere un análisis a nivel de documento. Esta es una de las principales razones por las que recomendamos una consulta previa personalizada para cada caso W-2: las implicaciones varían materialmente según el contenido del certificado y la estructura corporativa del empleador.

Qué piden ahora los funcionarios de la UGE

Se están concediendo aprobaciones, pero los requisitos de documentación se han vuelto más precisos. Es aquí donde un número significativo de solicitudes encuentra problemas.

Obtener un Certificado de Cobertura es solo una parte del proceso de solicitud.

La UGE también revisará la documentación de apoyo aportada por el empleador, incluida la carta de autorización que permite al empleado trabajar en remoto desde España.

Según nuestra experiencia, la documentación debe demostrar con claridad que:

  • La empresa autoriza al empleado a trabajar de forma remota desde España.
  • La relación laboral ha existido por al menos tres meses.
  • La empresa ha estado operando durante al menos un año.
  • El arreglo de trabajo remoto está formalmente reconocido por el empleador.

La redacción concreta de estos documentos puede ser importante y conviene revisarla con cuidado antes de presentarlos.

Ingresos, experiencia y otros requisitos que no han cambiado

La actualización en materia de Seguridad Social es significativa, pero el resto de los requisitos se mantiene para 2026.

  • Ingresos mensuales de al menos 2.850 € (200 % del Salario Mínimo Interprofesional de España para 2026). Este es un suelo inamovible, y recomendamos acreditar al menos 3.000 € para absorber la variación del tipo de cambio en su documentación. Si hay familiares que solicitan con usted, la cantidad aumenta.
  • Tres meses de empleo continuado con su empleador actual antes de la solicitud.
  • Un título universitario o tres años de experiencia profesional en su campo. Para la mayoría de los profesionales de tecnología, finanzas y consultoría, esto no es un obstáculo.
  • Seguro médico privado español sin copagos, válido desde la fecha de la solicitud.
  • Un certificado de antecedentes penales limpio, apostillado y certificado. Para los ciudadanos estadounidenses, esto significa un certificado del FBI; calcule de seis a ocho semanas. El certificado es válido durante 90 días desde su emisión (algunos consulados aceptan hasta seis meses); planifique los tiempos para que no caduque antes de presentarlo.

Una cosa más que conviene saber: para renovar la visa tras su permiso inicial de tres años, debe haber vivido en España al menos 183 días al año. Ese umbral de 183 días también activa la residencia fiscal española, lo que tiene implicaciones significativas.

El ángulo fiscal: la Ley Beckham y por qué importa para los empleados W-2

Esta es la parte que muchos solicitantes descubren demasiado tarde.

Una vez que se convierte en residente fiscal español (183+ días en España), España grava su renta mundial, salvo que cumpla los requisitos del Régimen Fiscal Especial para Trabajadores Desplazados, conocido comúnmente como Ley Beckham. Bajo este régimen, la renta extranjera tributa a un tipo fijo del 24 % en lugar de hacerlo según la escala general progresiva, que alcanza el 47 % para quienes ganan más.

Para un empleado W-2 que gana 180.000 USD al año, la diferencia entre ambos regímenes es sustancial. La solicitud de la Ley Beckham debe presentarse dentro de los seis meses siguientes a convertirse en residente español; si pierde esa ventana, se cierra para todo su periodo de residencia.

Nuestra recomendación: no trate la DNV y la Ley Beckham como procesos separados. Planifique ambos antes de solicitar.

Dos rutas si la ruta del CoC no te funciona

La vía del Certificado de Cobertura es ahora el estándar para los solicitantes W-2. Pero no todos los empleadores cooperarán —algunas empresas estadounidenses se niegan a emitir cartas de autorización por motivos regulatorios o de seguros— y algunos solicitantes no pueden obtener un CoC debido a su estructura de empleo concreta.

En esos casos, existen dos alternativas prácticas:

  1. Registro del empleador en España. Su empleador estadounidense se registra en la Seguridad Social española y cotiza localmente en su nombre. Es legalmente limpio, pero administrativamente complejo y costoso para el empleador. La mayoría de las empresas pequeñas y medianas lo rechazan.
  2. Transición a la condición de autónomo. Pasa de W-2 a 1099/contratista con su empleador y luego se da de alta como autónomo en España a su llegada. Esta vía es más directa desde el punto de vista de inmigración —la DNV se diseñó originalmente para este perfil—, pero tiene implicaciones de derecho laboral, prestaciones y fiscalidad que es necesario analizar antes de dar el paso.
faq

Preguntas Frecuentes (FAQ)

Antes de presentar la solicitud, asegúrese de que la estructura legal sea la adecuada.

La DNV para empleados W-2 es una vía viable, pero exige un análisis previo tanto de las implicaciones de inmigración como de las del lado del empleador. El CoC, la carta del empleador, la elección de la Ley Beckham y la documentación de ingresos deben encajar entre sí desde el primer día. Y para los casos W-2 en concreto, revisar previamente la redacción del CoC no es opcional: lo que está en juego para el empleador es real.

En Klev&Vera trabajamos con profesionales estadounidenses sobre el cuadro completo: la visa, la estructura de Seguridad Social y la posición fiscal. Una Evaluación Legal Inicial le da un mapa claro de su situación concreta —incluido lo que debe vigilar del lado del empleador— antes de presentar nada.

 

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Anna Klevtsova

Anna es licenciada en Derecho Internacional de los Derechos Humanos y abogada colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona. Con más de 20 años de práctica jurídica en Derecho Internacional, Anna se especializa en la creación de negocios, transacciones de inversión y estrategias de inmigración.