El Gobierno aprobó el martes 19 de octubre la modificación de los derechos y libertades de los menores no acompañados y tutelados para obtener permisos de residencia y trabajo en un proceso administrativo más sencillo. Esta modificación del BOE entrará en vigor el 9 de noviembre de 2021 y favorece la integración de los jóvenes separados de sus padres para que sea más fácil conseguir su independencia económica; Se prevé que 15.000 menores se beneficiarán de estas reformas.
La reforma se basa en 9 elementos, todos los cuales se han puesto en marcha para facilitar el proceso de integración social de los adolescentes que en el pasado se han enfrentado a muchos obstáculos antes de poder quedarse y trabajar legalmente en España. Las reformas son las siguientes:
- La reforma del artículo 196 simplificará los trámites documentales de los menores: se pasa del plazo para acreditar la imposibilidad de retorno de 9 meses a 3 meses. Esto es de modo que en caso de ser repatriados se les negaría la autorización otorgada.
- No será necesario que los extranjeros menores pero de edad legal para trabajar obtengan un permiso de trabajo.
- Se incrementará el número de autorizaciones a menores extranjeros no acompañados. La autorización inicial tendrá una vigencia de 2 años, y luego la renovación tendrá una vigencia de 3 años si la persona es menor de edad.
- El artículo 197 establece que si un menor extranjero no acompañado ya tiene un permiso de residencia válido, se le mantendrá una vez que cumpla la edad legal, otorgándole además un permiso de trabajo válido.
- Para la renovación de esta residencia deberán disponer de medios económicos suficientes que coincidan con el ingreso mínimo vital, salvo que estén apoyados por una institución de acogida pública o privada. Si el joven está empleado estudiando o capacitándose, se tendrá en cuenta; Este salario mínimo es para garantizar que el joven pueda cubrir los gastos de manutención en España. También estarán sujetos a una verificación completa de antecedentes penales.
- Tendrá una vigencia de 2 años y luego se renovará por otros 2 años si se cumplen las condiciones expresadas en 5.
- Los menores extranjeros que alcancen la mayoría de edad sin autorización podrán acceder a un permiso de residencia y trabajo con los mismos requisitos.
- Las personas indocumentadas de entre 18 y 23 años podrán acceder a las autorizaciones previstas para los menores que alcancen la mayoría de edad sin documentos - para que no sean condenados a la exclusión social.
- En cuanto al trámite de documentación, es opción el trámite de terceros si es reconocido por notario o apud acta. También se prioriza la presentación de documentos en línea para mejorar la agilidad de las oficinas de extranjería.